¿Cómo saber cuándo ser una persona jurídica?

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Cuando se es un emprendedor por servicios profesionales o de venta de productos, puede ser difícil escoger un momento apropiado para inscribirse como persona jurídica. Hay algunas señales para determinar la mejor oportunidad y pistas para motivarle a hacerlo.

¿Qué es un ente Jurídico?

Un ente jurídico es el nombre que se le da a las organizaciones como empresas, instituciones, PYMES y otros. Cada tipo de sociedad tiene sus lineamientos específicos,con obligaciones y derechos distintos pero la diferencia mayor es que es un grupo de personas en cambio de una sola persona que se encargue de todo. Si está contratando personal o su emprendimiento tiene varios socios, es hora de inscribirse como persona jurídica. 

Hay entidades jurídicas públicas como los ministerios, las municipalidades y cualquier institución que represente el Estado. A la vez, las hay privadas que son organizaciones y negocios propios donde se dedican a solventar necesidades de las personas en las diferentes áreas del mercado. En el medio de ambas están las organizaciones privadas que benefician al público como las asociaciones y las fundaciones que no tienen fines de lucro y cumplen sus responsabilidades de empresas privadas pero hacen grandes aportes a las comunidades circundantes. 

Escoja una fecha de cumpleaños para su empresa, cuando la registre tendrá que proveer una fecha en la que inició las operaciones. También deberá facilitar un domicilio fiscal y presentar la evidencia del patrimonio del negocio (por ejemplo, autos, dinero inicial, etc.). Su emprendimiento tendrá una nacionalidad y contará con todas las obligaciones fiscales que le apliquen, dependiendo de la actividad económica que desarrolle.

Hay otros beneficios, como que la entidad jurídica está despegada de usted como persona con su propio nombre y datos. Por lo tanto, los clientes no tendrán su información personal. Para trámites, la empresa necesitará un representante legal, quien está a cargo y responde por el negocio. 

La persona jurídica tiene su propio patrimonio inicial que permita evaluar la capacidad de mantenerse a flote ante cualquier inconveniente que pudiera enfrentar. Es de suma importancia que usted, como propietario, aprenda a diferenciar sus ganancias y las del negocio. De lo contrario, puede llevarse a bancarrota usted mismo. Evite los problemas monetarios y fije un salario para su puesto en cuanto registre su empresa. La organización debe tener control de sus finanzas, pagar sus deudas (ninguno de los socios debería tener que sacar dinero propio para mantener el negocio, aunque puede suceder de esa manera cuando se está levantando el emprendimiento).

Como nota aclaratoria, si hay delitos penales por parte de la empresa (actividades ilícitas, lavado de dinero, evasión de impuestos y demás), el representante legal de la cédula jurídica debe dar la cara a los procesos legales relacionados con las faltas de la entidad. 

Hay algunas razones predominantes en la extinción de una entidad jurídica:

  1. Que el funcionamiento legal de la empresa o los permisos sean vencidos.
  2. La disolución de la sociedad por conflictos internos o por mutuo acuerdo entre los socios.
  3. Conseguir todos los objetivos que se pretendían al registrar la compañía.
  4. Que no se consigan todos los objetivos que se pretendían al registrar la compañía. 
  5. Que la empresa no se pueda mantener a sí misma
  6. El fallecimiento o retiro de alguno de los fundadores
  7. La absorción por parte de otra empresa
  8.  Un cambio de actividad económica de la organización que requiera hacer todos los procedimientos legales de nuevo.
  9. La contratación por servicios profesionales en planilla de otra empresa. De manera que no se requiera la sociedad para cobrar por los servicios prestados.
  10. Que uno de los socios cambie de residencia a otro país y no pueda hacerse cargo de las responsabilidades de la empresa.

Si este artículo le ha motivado para tomar el gran paso de inscribir su organización, le dejamos el enlace del Registro Nacional para hacerlo desde la comodidad de su pantalla:

http://www.registronacional.go.cr/personas_juridicas/personas_juridicas_informacion_general.htm